Real Decreto por el que queda abolida la contribución conocida con el nombre de servicio ordinario y extraordinario
Real Decreto para el establecimiento del Sistema General de Hacienda (Palacio, 30 de mayo de 1817); Instrucción para el repartimiento y cobranza de la contribución del Reino (Madrid, 1 de julio de 1817); y Bulas dadas por Pío VII (Roma, 15, 16, 17, y 18 de abril de 1817)
Real Cédula, en que se revocan todas las exenciones al pago de diezmos y se dispone que los cabildos eclesiásticos, órdenes regulares y militares y demás comunidades existentes en estos reinos, los paguen de los frutos de sus posesiones y haciendas
Real Cédula señalando las condiciones de un crédito de 9 millones de pesos con diversas casas de comercio
Real Cédula que crea un préstamo de 180 millones de reales de capital a censo o renta vitalicia sobre la del tabaco, con la admisión del tercio del capital en créditos contra la testamentaría de Felipe V
Real Cédula por la que se fijan las condiciones de un crédito de 5 millones de pesos con diversas casas de comercio
Real Cédula por la que se concede a todos los poseedores de mayorazgos, vínculos y patronatos legos, facultad para enajenar los bienes raíces que pertenezcan a esas fundaciones, con tal que se impongan sus productos líquidos sobre la Real Hacienda
Real Cédula por la que se agregan e incorporan a la Real Hacienda, con destino a la Caja de Amortización , los restos de las temporalidades de la Compañía de Jesús
Real Cédula por la cual se prohíbe hacer depósitos judiciales y se manda trasladar a la Caja de Amortización cuantos depósitos hubiere judicialmente constituidos
Real Cédula por la cual se manda trasladar a la Caja de Amortización todos los caudales que existan en manos de administradores de los bienes secuestrados y de los síndicos de las quiebras de comerciantes